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Documento BOE-A-1995-56

Corrección de erratas del Convenio entre el Reino de España y la República Argentina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, hecho en Madrid el 21 de julio de 1992, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 216, de fecha 9 de septiembre de 1994.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 3 de enero de 1995, páginas 58 a 58 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1995-56
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1992/07/21/(1)/corrigendum/19950103

TEXTO ORIGINAL

En la publicación del Convenio entre el Reino de España y la República Argentina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, hecho en Madrid el 21 de julio de 1992, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 216, de fecha 9 de septiembre de 1994 (páginas 28085 a 28094), se han advertido las siguientes erratas:

Página 28088, artículo 11.3.a), primera línea, donde dice: «... intereses en ese Estado...», debe decir: «... intereses es ese Estado...».

Página 28089:

Artículo 11.5.a), donde dice: «... este establecimiento permanente...», debe decir: «...ese establecimiento permanente...».

Artículo 11.5, último párrafo, donde dice: «... 7 ó del mismo artículo 14,...», debe decir: «... 7 ó del artículo 14,...».

Artículo 13.1, última línea, donde dice: «... sición de este Estado», debe decir: «... sición en este Estado...»

Página 28090:

Artículo 13.5, primera línea, donde dice: «Las ganancias del capital...», debe decir: «Las ganancias de capital...».

Artículo 17.2, última línea, donde dice: «que realicen las...», debe decir: «que se realicen las...».

Artículo 17.3, tercera línea, donde dice: «deportistas de un Estado...», debe decir: «deportistas a un Estado...».

Artículo 18.4, tercera línea, donde dice: «imposición en este Estado...», debe decir: «imposición en ese Estado...».

Página 28094:

Protocolo, punto 5, primera línea, donde dice: «... de activos efectuados...», debe decir: «... de activos efectuadas...».

Protocolo, punto 9, undécima y duodécima líneas, donde dice: «... en el apartado 14 del artículo 13, o en el apartado 1 del artículo 4, respectivamente...», debe decir: «... en el apartado 4 del artículo 13, o en el apartado 1 del artículo 14, respectivamente...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 03/01/1995
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas del Convenio de 21 de julio de 1992 (Ref. BOE-A-1994-20084).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Argentina
  • Doble imposición
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Sistema tributario

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