Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 7 de noviembre de 1990 por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Primera), en el recurso contencioso-administrativo número 1/901/1991, promovido por don Diego Bergara Mesa, contra Resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Diego Bergara Mesa, contra resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo de 30 de julio de 1990, que acordó imponer al recurrente la sanción de suspensión definitiva del servicio por ser autor de falta muy grave de abandono de destino, y contra la resolución del Subsecretario de 8 de marzo de 1991, que desestimó el recurso de reposición, las declaramos nulas en parte por ser contrarias a derecho, rebajando la sanción a un año de suspensión de empleo y sueldo; sin hacer expresa imposición de costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 10 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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