La Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia número 160/93, de fecha 25 de octubre, condenó a don Juan Manuel González Delgado, funcionario del Cuerpo de Auxiliares Postales y de Telecomunicación, Escala de Clasificación y Reparto, A13TC-28915, como autor penalmente responsable de un delito de falsedad y un delito de malversación, a las penas de un año de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y de derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por el primer delito, un año de prisión menor, con iguales accesorias por el tiempo de la condena, y seis y un día de inhabilitación absoluta, por el delito de malversación.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37.1, d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de febrero de 1964, y artículo 35.1 del Código Penal, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación absoluta, este Ministerio dispone la pérdida de la condición de funcionario de don Juan Manuel González Delgado.
Madrid, 10 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 24 de abril de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo), la Secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado Méndez.
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