De conformidad con lo establecido en el artículo 4.º de la Orden de 28 de diciembre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de enero de 1985) y en el Real Decreto 678/1988, de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 5 de julio), modificado por Real Decreto 1292/1991, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 10),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.-Los concursos, en todos sus extremos, se regirán por lo dispuesto en la Ley 11/1983, de 25 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de enero de 1985), y, en lo no previsto por la legislación general vigente de Funcionarios Civiles del Estado.
Segunda.-La tramitación del concurso para proveer las citadas plazas será independiente para cada una de ellas.
Tercera.-Para ser admitidos a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido los sesenta y cinco años de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado, o de la Administración Autónoma, Institución o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
Cuarta.-Deberán reunir, además, las condiciones académicas específicas que a continuación se señalan:
a) Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones señaladas en el artículo 4.º, apartado 1, letra c), del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
b) Para concursar a las plazas de Profesor titular de Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones señaladas en el artículo 37, apartado 4, de la Ley 11/1983, de 25 de agosto.
c) Para concursar a las plazas de Catedrático de Escuela Universitaria, estar en posesión del título de Doctor.
d) Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela Universitaria, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o cumplir las condiciones señaladas en el artículo 35, apartado 1, de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.
Quinta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso, remitirán la correspondiente solicitud al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Salamanca, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria, mediante instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se adjunta como anexo II a esta convocatoria, junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos para participar en el concurso. De acuerdo con el artículo 5.1 del Real Decreto 1427/1986, la concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre a una fecha anterior a la de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.
Los aspirantes deberán justificar el ingreso en la sección de Tesorería de la Universidad de Salamanca (Patio de Escuelas, 1) de la cantidad de 1.500 pesetas en concepto de derechos (400 pesetas por formación de expediente y 1.100 pesetas por derechos de examen). La sección de Tesorería expedirá recibo por duplicado, uno de cuyos ejemplares se unirá a la solicitud. Cuando el pago de los derechos se efectúe por giro postal o telegráfico, éste será dirigido a la citada sección, haciendo constar en el taloncillo destinado a dicho organismo, los datos siguientes: Nombre y apellidos del interesado y plaza a la que concursa.
Sexta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Salamanca, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación de admitidos y exluidos.
Séptima.-El Presidente de la comisión, dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales, respecto a la fecha del acto para el que se le cita, convocando a:
a) Todos los miembros titulares de la comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma.
b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes y con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.
Octava.-En el acto de presentación, los concursantes entregarán al Presidente de la comisión la documentación señalada en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos.
Novena.-Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas, deberán presentar en la Secretaría General de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico, para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad, expedida por la Dirección Provincial o Consejería, según proceda, competentes en materia de sanidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institución o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera, estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.
Salamanca, 23 de febrero de 1995.-P. D., el Vicerrector de Docencia y Profesorado, Antonio Carreras Panchón.
ANEXO I
Universidad de Salamanca
Número de plazas: Una. Plaza número 01/95. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de Universidad. Area de conocimiento: «Derecho Penal». Departamento: Derecho Público. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Derecho Penal. Centro: Facultad de Derecho. Clase de convocatoria: Concurso.
Número de plazas: Una. Plaza número 02/95. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de Universidad. Area de conocimiento: «Ingeniería de Sistemas y Automática». Departamento: Física Aplicada. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Control de Procesos. Centro: Facultad de Ciencias. Clase de convocatoria: Concurso.
(ANEXOS OMITIDOS)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid