Aprobado el Estatuto de la Universidad de Alicante por Decreto 107/1985, de 22 de julio («Diario Oficial de la Generalidad Valenciana» de 26 de septiembre) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.2 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, y el artículo 2.4, del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos la plaza que se relaciona en el anexo de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.-Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 11/1983, de 25 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» del 16 de enero de 1985), y en lo no previsto por la legislación vigente de funcionarios civiles del Estado.
Segunda.-Para ser admitidos al citado concurso se requieren los siguientes requisitos generales:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido los sesenta y cinco años de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
Tercera.-Deberán reunir, además de las condiciones específicas que se señalan en el artículo 4.1 ó 2, del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y disposiciones transitorias tercera y cuarta del mismo Real Decreto, según la categoría de la plaza y clase de concurso, los requisitos académicos que a continuación se indican:
a) Para concursar a las plazas de Catedráticos de Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones señaladas en el artículo 4, apartado 1, letra c), del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
b) Para concursar a las plazas de Profesor titular de Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones señaladas en el artículo 37, apartado 4, de la Ley 11/1983, de 25 de agosto.
c) Para concursar a las plazas de Catedrático de Escuela Universitaria, estar en posesión del título de Doctor.
d) Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela Universitaria, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero superior. O del título de Diplomado, Arquitecto técnico o Ingeniero técnico para las áreas de conocimiento específicas de las Escuelas Universitarias determinadas por el Consejo de Universidades.
Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la correspondiente solicitud al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Alicante por cualquiera de los procedimiento establecidos en el artículo 38.4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», mediante instancia, según modelo normalizado (publicado en el anexo II de la Resolución de 27 de mayo de 1994, de la Universidad de Alicante, en el «Boletín Oficial del Estado» número 147, de 21 de junio), debidamente cumplimentada, junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos para participar en el concurso. De acuerdo con el artículo 5.1, del Real Decreto 1427/1986, la concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre a una fecha anterior a la de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.
Los aspirantes deberán justificar haber abonado el ingreso en la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) de Alicante, en la cuenta número 0540003/71, de la oficina 3191, la cantidad de 3.000 pesetas, acompañando en su solicitud resguardo acreditativo del ingreso realizado, referenciando el número del concurso.
Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Alicante, por cualquiera de los procedimiento establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos. Resueltas las posibles reclamaciones, la relación mencionada adquirirá la condición de definitiva. Aquéllos que resulten excluidos en dicha lista definitiva, podrán solicitar el reintegro de las tasas por derechos de examen, mediante instancia dirigida al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Alicante, en la que se hará constar, entre otros datos, los de tipo bancario en donde se hará efectiva la transferencia.
Sexta.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales respecto a la fecha del acto para el que se le cita, convocando a:
a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma.
b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso para realizar el acto de presentación de los concursantes y con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.
Séptima.-En el acto de presentación los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos.
Octava.-Los candidatos propuestos para la provisión de la plaza deberán presentar en la Secretaría General de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la comisión por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad, expedida por la Dirección Provincial o Consejería, según proceda, competentes en materia de sanidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
Los que tuvieren la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan acreditativo de su condición de funcionarios y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Alicante, 22 de febrero de 1995.-El Rector, Andrés Pedreño Muñoz.
ANEXO
Concurso número: 488. Tipo de concurso: Concurso de méritos. Número de plazas: Una. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesor Titular de Universidad (A-781). Area de conocimiento: «Expresión Gráfica de la Ingeniería». Departamento: Expresión Gráfica y Cartografía. Actividades a realizar: Docencia e Investigación en la asignatura de Dibujo Científico en la Licenciatura en Biología.
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