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Documento BOE-A-1995-6324

Resolución de 15 de febrero de 1995, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 135/1993, promovido por «Choay, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 13 de marzo de 1995, páginas 8035 a 8035 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-6324

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 135/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Choay, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 6 de mayo de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de octubre de 1992, se ha dictado, con fecha 22 de julio de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Enrique Sorribes Torra, en nombre y representación de la "Choay, Sociedad Anónima", contra las resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 6 de mayo de 1991 y 15 de octubre de 1992, por las que se concedió la inscripción de la marca número 1.305.682 "Respumol" para amparar productos de la clase 5.º del Nomenclátor, declaramos la nulidad de las citadas resoluciones al no ser ajustadas a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costas procesales.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 15 de febrero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.

Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

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