Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 2 de noviembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 532/93, promovido por don José Lagunilla Angulo, contra resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre reconocimiento y abono sin reducción alguna y al 100 por 100 del valor de los trienios acreditados como Veterinario titular, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Lagunilla Angulo contra resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 2 de marzo de 1993, confirmatoria en reposición de la de 17 de agosto de 1992, que desestimó su petición de reconocimiento y abono de los trienios acreditados al 100 por 100 de su valor, con plenitud de efectos y con retroacción de cinco años anteriores a la petición inicial, debemos declarar y declaramos que el acto administrativo impugnado es conforme a Derecho; sin imposición de costas del proceso.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 16 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
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