Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 31 de mayo de 1994 por la Sección Quinta de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 5/1618/93, promovido por don Antonio Roldán Ortega, contra resolución presunta de este Ministerio, desestimatoria, por silencio administrativo, del recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Antonio Roldán Ortega contra las resoluciones a que estas actuaciones se contraen, que se confirman por ser ajustadas a derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración. Sin expresa imposición de costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 16 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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