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Documento BOE-A-1995-6349

Resolución de 9 de enero de 1995, de la Dirección General de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Energía, de homologación e inscripción en el Registro de bidón de acero de tapa fija marca «Clemente Silvente, Sociedad Limitada», modelo CSA 8-00, para el transporte de mercancías peligrosas, fabricado por «Clemente Silvente, Sociedad Limitada».

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 13 de marzo de 1995, páginas 8042 a 8043 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1995-6349

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Energía de la Generalidad de Cataluña la solicitud presentada por «Clemente Silvente, Sociedad Limitada», con domicilio social en el polígono industrial «Cava Solera», calle Atenas, 13, municipio de Rubí (Barcelona), para la homologación e inscripción en el Registro de bidón metálico marca «Clemente Silvente, Sociedad Limitada», modelo CSA 8-00, fabricado por «Clemente Silvente, Sociedad Limitada» en su instalación industrial ubicada en Rubí;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la «Eic-Enicre, Icict, Sociedad Anónima», mediante informe, certificado y actas con clave BB-VC-11828/94-1, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31) sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción B-431 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca «Clemente Silvente, Sociedad Limitada», modelo CSA 8-00.

Características:

Bidón metálico de tapa fija.

Volumen nominal: 200 litros.

Material: AP02 UNE 36-086-75.

Diámetro: 580 milímetros.

Altura: 902 milímetros.

Espesor: 1 milímetro.

Tara: 18 kilogramos.

Cierre: Dos brocales embutidos y agrafados. Junta de nailon.

Código: 1A1/X.

Productos autorizados a transportar:

Materias líquidas inflamables con densidad igual o inferior a 1,2 kilogramos/decímetro cúbico y tensión de vapor a 50º C inferior a 2,0 bar por carretera, ferrocarril, aéreo y marítimo (ADR-RID-IMDG-OACI), indicadas a continuación.

Clase 3:

ADR/TPC/RID: Materias líquidas inflamables clasificadas en los apartados a), b) y c) del marginal 2301 de ADR y TPC y 301 del RID.

Excepto la nitroglicerina del 8.º, las iminas del 12.º, los isocianatos de metilo y etilo del 13.º y las materias del 31.ºc) y 32.ºc) que desprendan CO y/o NO.

OACI: Materias líquidas a las que les corresponden grupos de embalaje I, II y/o III y que requieran las instrucciones de embalaje 303, 304 (excepto números ONU 1723, 1250, 1298, 1305, 2029, 2483, 2749 y 1196), 307, 308 (excepto números ONU 1717, 2478, 2486 y 2493), 309 y 310.

IMDG: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje I, II y/o III.

Excepto las materias números ONU 2983, 1194, 1308, 1222, 3064, 1865, 1308, 3065 y 1261.

Clase 6.1:

ADR/TPC/RID: Materias tóxicas líquidas clasificadas en los apartados a), b) y c) del marginal 2601 del ADR y TPC y 601 del RID.

Excepto el ácido cianhídrico del 1.º, las soluciones de ácido cianhídrico del 2.º y los metales carbonilos del 3.º

OACI: Materias líquidas a las que les corresponden grupos de embalaje I, II y/o III y requieren las instrucciones de embalaje 604, 605 (excepto números ONU 1647 y 1694), 607, 611, 612 (excepto números ONU 1701, 1737, 1738, 1750 y 2474), 616 (excepto número ONU 1751), 618, 619 y 620.

IMDG: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje I, II y/o III.

Excepto números ONU 1613, 1647, 1672, 2249, 1051, 2480, 3123, 1600, 1614, 1259, 1680, 1892, 1994 y 2312.

Clase 8:

ADR/TPC/RID: Materias corrosivas líquidas clasificadas en los apartados a), b) y c) del marginal 2801 del ADR y TPC y 801 del RID.

Excepto el ácido flurhídrico anhidro y sus disoluciones acuosas del 6.º, el bromo del 24, el hexafluoruro de molibdeno del 25 y las materias del 61 y 62.

OACI: Materias líquidas a las que les corresponde grupos de embalaje I, II y/o III y requieren las instrucciones de embalaje 811, 812, 813 (sólo números ONU 1719, 1814, 2258, 2672, 2797, 2681, 1740, 1824, 2439, 2677, 2817, 1811, 1940, 2502, 2679 y 2837), 816, 817 (sólo números ONU 1727, 1740, 1811 y 2439), 820, 821 (sólo números ONU 1740, 1814, 2837, 1824 y 2679), 823 y 826 (sólo número ONU 1740).

IMDG: Materias líquidas que requieren grupos de embalaje I, II y/o III.

Excepto números ONU 1744, 2809, 2215, 3094, 1798, 2803, 2576, 1052 y 1791.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31) sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas; por tanto, con independencia del mismo, se habrá de cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria y Energía en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 9 de enero de 1995.-El Director general de Seguridad Industrial, Albert Sabala i Durán.

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