Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 26 de octubre bre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena) en el recurso contencioso-administrativo número 2.039/92, promovido por doña María Milagros Beitia Crespo, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre su exclusión de la lista de admitidos al Curso de Perfeccionamiento para la obtención del Título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Valencia, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Juan Luis Pérez Mulet y Suárez, en nombre y representación de doña María Milagros Beitia Crespo, contra la resolución dictada por la Dirección General de Planificación Sanitaria de 14 de marzo de 1991, confirmada en reposición por acuerdo de 24 de junio de 1991, por ser conformes a Derecho.
No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 23 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Profesional.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid