En el recurso contencioso-administrativo número 1.328/1991, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por doña María del Carmen de la Rosa Jorge, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 24 de junio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Cosculluela Montaner, en representación de doña María del Carmen de la Rosa Jorge, contra el acuerdo de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora de fecha 23 de noviembre de 1990, en el particular relativo a la valoración negativa de dos de los tramos solicitados, así como frente a la Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, de fecha 25 de febrero de 1992, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra aquél, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones disconformes con el ordenamiento jurídico, anulándolas en lo relativo a la valoración negativa que contiene y confirmándolas respecto a la evaluación positiva.
En consecuencia, ordenamos la retroacción de las actuaciones administrativas al trámite en que se produjo la infracción determinante de la nulidad, a fin de que por la Comisión Nacional Evaluadora, se proceda a valorar de nuevo los tramos solicitados por la interesada y que fueron evaluados negativamente, razonando y motivando la decisión que se adopte conforme a los principios y criterios sentados en la Orden de 5 de febrero de 1990.»
Dispuesto por Orden de 20 de diciembre de 1994, el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos.
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 3 de marzo de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid