Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 21 de noviembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Segunda) en el recurso contencioso-administrativo número 494/92, promovido por don Juan Pascual Velilla, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de alzada formulado sobre denegación de inscripción en el Registro Sanitario del producto Novaplus 375 normal (implante Clínico DIU), cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallo: En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Segunda), ha decidido:
Primero.- Desestimar el presente recurso, declarando ajustadas a Derecho las resoluciones impugnadas.
Segundo.-No procede efectuar atribución de costas procesales.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 23 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general de Farmacia y Productos Sanitarios.
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