Visto el expediente de indulto de don Félix Santos Arrieta López, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Miranda de Ebro, en sentencia de fecha 12 de julio de 1989, como autor de un delito de amenazas, a la pena de cuatro meses de arresto mayor, multa de 120.000 pesetas y prohibición de que no vuelva a Miranda de Ebro en diez años, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 17 de mayo de 1988; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de febrero de 1995,
Vengo en indultar a don Félix Santos Arrieta López la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 17 de febrero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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