La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de enero de 1995 autoriza al Director General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1995 y enero de 1996, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse, que son una prórroga de las vigentes en 1994. Las segundas vueltas subsiguientes a las subastas se mantienen como mecanismo de financiación del Tesoro Público, basado en una especial relación de colaboración con algunas entidades gestoras, en los términos previstos en la orden de 24 de julio de 1991, y continúa abierta la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.
Posteriomente, la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 1995, reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, incluidas las segundas vueltas, e hizo público el calendario de las subastas ordinarias para 1995 y el mes de enero de 1996, determinando que la periodicidad de los Bonos, a tres y cinco años, y de las Obligaciones, a diez y quince años, sería mensual. En su cumplimiento, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en oferta en el próximo mes de abril de 1995, y convocar las correspondientes subastas.
En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 17 de enero de 1995, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión de Bonos del Estado a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez y quince años en el mes de abril de 1995 y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 17 de enero de 1995, en la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 1995 y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones que se emiten.
El tipo de interés nominal anual y las fechas de emisión, amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron las Resoluciones de esta Dirección General de 18 de noviembre de 1993 y 26 de enero y 17 de octubre de 1994, para las emisiones de 15 de febrero de 1994 de Bonos del Estado a tres años al 7,30 por 100, de 15 de febrero de 1994 de Bonos del Estado a cinco años al 7,40 por 100, de 15 de noviembre de 1994 de Obligaciones del Estado a diez años al 10 por 100 y de 15 de diciembre de 1993 de Obligaciones del Estado a quince años al 8,20 por 100, respectivamente, siendo el primer cupón a pagar, por su importe completo, el de 30 de julio de 1995 en los Bonos a tres y cinco años y el de 28 de febrero de 1996 en las Obligaciones a diez y quince años.
3. Los Bonos y Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación el día 17 de abril próximo, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones y se agregarán respectivamente, a las emisiones de 15 de febrero de 1994 al 7,30 por 100, de 15 de febrero de 1994 al 7,40 por 100; 15 de noviembre de 1994 al 10 y 15 de diciembre de 1993 al 8,20 por 100, teniendo, en cada caso, la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
4. Como consecuencia de las posibilidades de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 20 de enero de 1995, de esta Dirección General, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite.
5. La Dirección General del Tesoro y Política Financiera no pagará comisión alguna de colocación por las suscripciones de Bonos y Obligaciones del Estado que se presenten, sea por cuenta propia o de terceros y aun cuando los presentadores sean las entidades y personas enumeradas en el apartado 5.9.2 de la Orden de 17 de enero de 1995. Las únicas peticiones de terceros que podrán presentar las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva o de Fondos de Pensiones y las Sociedades Gestoras de Carteras serán las que realicen para las Instituciones de Inversión Colectiva, los Fondos de Pensiones o las carteras que administren.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 17 de enero de 1995.
Madrid, 10 de marzo de 1995.-El Director general, Manuel Conthe Gutiérrez.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimiento para los Bonos del Estado a tres años, emisión 15 de febrero de 1994 al 7,30 por 100
(Subasta mes abril)
Precio / Rendimiento bruto* - Porcentaje
96,00 / 12,112 / / 97,05 / 11,526
96,05 / 12,084 / 97,10 / 11,498
96,10 / 12,056 / 97,15 / 11,470
96,15 / 12,028 / 97,20 / 11,443
96,20 / 12,000 / 97,25 / 11,415
96,25 / 11,972 / 97,30 / 11,387
96,30 / 11,944 / 97,35 / 11,360
96,35 / 11,916 / 97,40 / 11,332
96,40 / 11,888 / 97,45 / 11,305
96,45 / 11,860 / 97,50 / 11,277
96,50 / 11,832 / 97,55 / 11,250
96,55 / 11,804 / 97,60 / 11,222
96,60 / 11,776 / 97,65 / 11,195
96,65 / 11,748 / 97,70 / 11,167
96,70 / 11,720 / 97,75 / 11,140
96,75 / 11,692 / 97,80 / 11,112
96,80 / 11,664 / 97,85 / 11,085
96,85 / 11,637 / 97,90 / 11,058
96,90 / 11,609 / 97,95 / 11,030
96,95 / 11,581 / 98,00 / 11,003
97,00 / 11,553
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a cinco años, emisión 15 de febrero de 1994 al 7,40 por 100
(Subasta mes abril)
Rendimiento bruto* / Rendimiento bruto*
Precio / - / / Precio / -
Porcentaje / Porcentaje /
89,00 / 12,512 / 90,05 / 12,142
89,05 / 12,494 / 90,10 / 12,125
89,10 / 12,476 / 90,15 / 12,107
89,15 / 12,458 / 90,20 / 12,090
89,20 / 12,441 / 90,25 / 12,073
89,25 / 12,423 / 90,30 / 12,055
89,30 / 12,405 / 90,35 / 12,038
89,35 / 12,388 / 90,40 / 12,021
89,40 / 12,370 / 90,45 / 12,003
89,45 / 12,353 / 90,50 / 11,986
89,50 / 12,335 / 90,55 / 11,969
89,55 / 12,317 / 90,60 / 11,951
89,60 / 12,300 / 90,65 / 11,934
89,65 / 12,282 / 90,70 / 11,917
89,70 / 12,265 / 90,75 / 11,900
89,75 / 12,247 / 90,80 / 11,882
89,80 / 12,230 / 90,85 / 11,865
89,85 / 12,212 / 90,90 / 11,848
89,90 / 12,195 / 90,95 / 11,831
89,95 / 12,177 / 91,00 / 11,814
90,00 / 12,160
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años, emisión 15 de noviembre de 1994 al 10 por 100
(Subasta mes abril)
Precio / Rendimiento bruto* - Porcentaje
86,5 / 12,704 / 88,6 / 12,281
86,6 / 12,684 / 88,7 / 12,261
86,7 / 12,663 / 88,8 / 12,241
86,8 / 12,643 / 88,9 / 12,221
86,9 / 12,623 / 89,0 / 12,202
87,0 / 12,602 / 89,1 / 12,182
87,1 / 12,582 / 89,2 / 12,162
87,2 / 12,562 / 89,3 / 12,143
87,3 / 12,541 / 89,4 / 12,123
87,4 / 12,521 / 89,5 / 12,103
87,5 / 12,501 / 89,6 / 12,084
87,6 / 12,481 / 89,7 / 12,064
87,7 / 12,460 / 89,8 / 12,045
87,8 / 12,440 / 89,9 / 12,025
87,9 / 12,420 / 90,0 / 12,006
88,0 / 12,400 / 90,1 / 11,987
88,1 / 12,380 / 90,2 / 11,967
88,2 / 12,360 / 90,3 / 11,948
88,3 / 12,340 / 90,4 / 11,929
88,4 / 12,320 / 90,5 / 11,910
88,5 / 12,300
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años, emisión 15 de diciembre de 1993 al 8,20 por 100
(Subasta mes abril)
Precio / Rendimiento bruto* - Porcentaje
72,5 / 12,668 / 74,6 / 12,254
72,6 / 12,648 / 74,7 / 12,235
72,7 / 12,628 / 74,8 / 12,216
72,8 / 12,608 / 74,9 / 12,196
72,9 / 12,588 / 75,0 / 12,177
73,0 / 12,568 / 75,1 / 12,158
73,1 / 12,548 / 75,2 / 12,139
73,2 / 12,528 / 75,3 / 12,120
73,3 / 12,508 / 75,4 / 12,101
73,4 / 12,488 / 75,5 / 12,082
73,5 / 12,469 / 75,6 / 12,063
73,6 / 12,449 / 75,7 / 12,044
73,7 / 12,429 / 75,8 / 12,026
73,8 / 12,410 / 75,9 / 12,007
73,9 / 12,390 / 76,0 / 11,988
74,0 / 12,370 / 76,1 / 11,969
74,1 / 12,351 / 76,2 / 11,951
74,2 / 12,332 / 76,3 / 11,932
74,3 / 12,312 / 76,4 / 11,913
74,4 / 12,293 / 76,5 / 11,895
74,5 / 12,273
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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