De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 20 de febrero de 1995, referente a la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, de la Audiencia Nacional el 27 de septiembre de 1994, relativa al recurso interpuesto por la Maestra doña María Rosario Pérez Plaza, contra la resolución que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la resolución del concurso de traslados general, restringido y de preescolar 1988/1989,
Esta Dirección General ha dispuesto la publicación del fallo cuyo tenor literal es el siguiente:
«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don José Manuel Dávila Sánchez, en nombre y representación de doña María del Rosario Pérez Plaza, contra la Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de junio de 1989 a que la demanda se contrae declaramos, que la resolución impugnada no es conforme a Derecho y como tal la anulamos, en los extremos impugnados y sustanciados en las presentes actuaciones, declarando el derecho de la recurrente a que se le valore debidamente el tiempo transcurrido en comisión de servicios a efectos de concurso de traslados convocado por Orden de 23 de noviembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de diciembre) y una vez computados, y si le correspondiere por la puntuación de 12,007 que debe asignársele, se le adjudique una de las plazas que solicita con efectos económicos y administrativos desde la fecha de resolución de dicho concurso, sin hacer expresa condena en costas.»
Madrid, 3 de marzo de 1995.-El Director general, Gonzalo Junoy García de Viedma.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Gestión de Personal de Enseñanza Básica.
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