De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la expresada sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso de apelación número 8.999/91, promovido por el Abogado del Estado, contra otra anterior de 11 de junio de 1991, recaída en el recurso número 116/91, interpuesto por don Antonio Conejeros Rodríguez sobre reducción del Servicio Militar.
Madrid, 27 de febrero de 1995.-El Secretario de Estado de Administración Militar, Julián Arévalo Arias.
Excmo. Sr. Director general del Servicio Militar.
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