En relación con el profesorado de la Universidad de Jaén que sea designado para formar parte de las Comisiones que han de juzgar los concursos de profesorado a Cuerpos Docentes Universitarios se ha dispuesto lo siguiente:
Primero.-Conceder con carácter general comisión de servicios a los profesores de la Universidad de Jaén que sean nombrados miembros de las Comisiones que han de juzgar los concursos para proveer plazas de profesores/as de los Cuerpos Docentes Universitarios y que sean convocadas por las distintas Universidades.
Segundo.-La comisión de servicios se entenderá concedida automáticamente por la publicación de la composición de la Comisión al destino y por las fechas en que se convoque por el Presidente de la Comisión correspondiente, y por los días que deba actuar dicha Comisión.
Tercero.-La comisión de servicios se entenderá finalizada tan pronto concluya la actuación de la Comisión para la cual fue nombrado/a miembro.
Cuarto.-Se autoriza al interesado/a, en caso necesario, a realizar los desplazamientos en vehículo particular.
Jaén, 3 de marzo de 1995.-El Presidente de la Comisión Gestora, Luis Parras Guijosa.
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