Visto el expediente de indulto de don Luis de Juan Morón, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia de fecha 9 de junio de 1989, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años de prisión menor y multa de 200.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 28 de marzo de 1987; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de febrero de 1995,
Vengo en conmutar a don Luis de Juan Morón la pena privativa de libertad impuesta por la de un año de prisión menor, a condición de que no cometa delito en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 24 de febrero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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