Visto el expediente de indulto de don José Risueño Cabrera, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Jaén, en sentencia de fecha 7 de junio de 1988, como autor de un delito de robo con intimidación en las personas, a la pena de cuatro años nueve meses y once días de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 4 de febrero de 1983; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de febrero de 1995,
Vengo en conmutar a don José Risueño Cabrera la pena privativa de libertad impuesta por la de dos años de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 24 de febrero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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