Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BOE-A-1995-7446

Resolución de 22 de febrero de 1995, de la Dirección de la Administración de Industria, Energía y Minas, del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, por la que se autoriza la modificación no sustancial de aprobación de modelo de la balanza electrónica colgante marca «Dibal», modelo Novaplús, fabricada y presentada por la entidad «Novatronic, Sociedad Anónima», con Registro de Control Metrológico número 0108.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 1995, páginas 9349 a 9349 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-1995-7446

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Por parte de la empresa «Novatrónic, Sociedad Anónima», con domicilio en polígono industrial «Neinver», de Derio, territorio histórico de Bizkaia, ha sido presentada, con fecha 7 de diciembre de 1994, solicitud de modificación no sustancial de aprobación de modelo de una balanza electrónica colgante, marca «Dibal», modelo Novaplús, aprobada por Resolución del Centro Español de Metrología de fecha 29 de diciembre de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo de 1993).

Junto a la solicitud ha sido presentada la siguiente documentación:

Certificado de aprobación de modelo emitido por el Centro Español de Metrología con fecha 5 de marzo de 1993.

Informe emitido por don Miguel Angel Elorduy Flores, Ingeniero industrial perteneciente al Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia, visado por el citado Colegio con el número 002255 el 25 de agosto de 1992, presentado para la obtención de la aprobación de modelo.

Memoria de la modificación no sustancial propuesta, consistente en un cambio en la forma externa de la carcasa de la balanza, que conlleva una modificación en la situación de los precintos y en el diseño de la carátula del teclado de 6 x 4, añadiendo tres nuevos tipos de teclado, cuyas configuraciones son las siguientes: Un teclado de 5 x 4, un teclado de 6 x 5 y dos teclados de 6 x 5.

Con fecha 16 de enero de 1995 ha sido emitido informe favorable a la autorización solicitada por los servicios correspondientes de la Delegación Territorial de Industria en Bizkaia.

Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes:

Fundamentos de Derecho

Uno.-La Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas es el órgano competente para dictar la presente Resolución, en virtud de lo establecido en el Decreto 81/1995, de 31 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca.

Dos.-La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 89/1987, de 23 de enero; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo de 28 de diciembre de 1988, relativa a instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, definen y regulan la tramitación de esta solicitud.

Tres.-En la tramitación de este expediente se han cumplido los requisitos exigidos en dicha legislación.

Vistas las disposiciones legales citadas y otras de general y concordante aplicación, resuelvo:

Primero.-Autorizar a favor de la entidad «Novatrónic, Sociedad Anónima», la modificación no sustancial de aprobación de modelo de la balanza electrónica colgante marca «Dibal», modelo Novaplús, aprobada por Resolución del Centro Español de Metrología de 19 de diciembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo de 1993, consistente en un cambio en la forma externa de la carcasa de la balanza que conlleva una modificación en la situación de los precintos y en el diseño de la carátula del teclado de 6 x 4, añadiendo tres tipos de teclado con las siguientes configuraciones: Un teclado de 5 x 4, un teclado de 6 x 5 y dos teclados de 6 x 5.

Segundo.-Esta modificación no sustancial de aprobación de modelo se efectúa con independencia de la Resolución de aprobación de modelo de 29 de diciembre de 1992, pudiendo la entidad solicitante seguir fabricando balanzas según el modelo aprobado por la citada Resolución.

Tercero.-Esta modificación no sustancial de aprobación de modelo está afectada por los mismos plazos de validez y condicionamientos de la Resolución de aprobación de modelo de 29 de diciembre de 1992.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso ordinario, ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Ordenación y Administración Industrial, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Vitoria, 22 de febrero de 1995.-La Directora, María Luisa Fuentes Alfonso.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril