En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Belén Margarita Pires Gómez, en nombre y representación de don Román Polo Herrera, contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 4 de octubre de 1994, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Román Polo Herrera, contra la Resolución a que se contraen las presentes actuaciones, debemos confirmarla por ajustarse a Derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración.
Así por esta nuestra sentencia, testimonio de la cual será remitido en su momento a la oficina de origen a los efectos legales, junto con el expediente administrativo, en su caso, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Al notificarse la presente sentencia se hará la indicación de recursos que previene el artículo 248.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 10 de febrero de 1995.-P. D., el Subsecretario, Luis Herrero Juan.
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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