En el recurso contencioso-administrativo número 617/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Pediátricos Juventus, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de noviembre de 1990 y 18 de noviembre de 1991, se ha dictado, con fecha 21 de octubre de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada señora González-Hidalgo Barcala, en representación de la sociedad "Pedriátricos Juventus, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 5 de noviembre de 1990, confirmada en reposición por la de 18 de noviembre de 1991, que denegó la inscripción de la marca número 1.258.527 "Hidroferol", para amparar productos de la clase 5, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones ajustadas a derecho, sin hacer especial imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de febrero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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