La Resolución de 18 de febrero de 1985, de la Dirección General de Bellas Artes, acordaba la incoación del expediente de declaración de monumento histórico-artístico, a favor de la casa sita en la plaza de España, número 12, en Cadiar (Granada), como medida precautoria ante la inminente demolición y posible desaparición del inmueble.
Vista la propuesta del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, se considera que los restos conservados del edificio (lienzo de la fachada principal), tras su rehabilitación, no poseen la suficiente relevancia que establece la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español, en su artículo 1.3, para que dicho inmueble sea merecedor de la declaración como bien de interés cultural,
Por lo expuesto, esta Dirección General resuelve dejar sin efecto dicha Resolución.
Contra esta Resolución cabrá interponer recurso ordinario ante el excelentísimo señor Consejero de Cultura en el plazo de un mes contado desde el día de la recepción de la notificación.
Sevilla, 15 de febrero de 1995.-El Director general de Bienes Culturales, Lorenzo Pérez del Campo.
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