Vista la propuesta formulada por el Servicio de Conservación, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:
Primero.-Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural como monumento a favor del antiguo edificio de las Reales Carnicerías, en Medina del Campo (Valladolid), según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al expediente.
Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.
Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Medina del Campo, que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en el inmueble que se pretende declarar, o en su propio entorno, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural o, si es el caso, por la Dirección General.
Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.
Valladolid, 10 de marzo de 1995.-El Director general de Patrimonio y Promoción Cultural, Carlos Francisco de la Casa Martínez.
ANEXO
Antiguo edificio de las Reales Carnicerías, en Medina del Campo
(Valladolid)
Descripción: Ejemplar completo y único en la provincia, de carnicería oficial, ilustrativo de la riqueza y pujanza de la villa en el siglo XVI.
Se sitúa fuera de la antigua villa medieval, en la ampliación bajomedieval y renacentista, impulsada por sus famosas ferias, a orillas del río Zapardiel, lo que facilitaría originariamente la evacuación de residuos.
Su estructura actual deriva de planos elaborados por don Rodrigo Gil de Hontañón, en 1562.
Interiormente el edificio, de planta rectangular y cubierta inclinada a cuatro aguas, se divide en tres naves, a modo de lonja, mediante arquerías de columnas toscanas, que sirven de sostén al muro de ladrillo, aligerado mediante una sucesión de huecos de arco rebajado, realizados en ladrillo a sardinel, que servían de ventilación entre las naves.
Exteriormente, la composición de las fachadas guarda estrecha relación con la organización interior de la planta. Todas ellas presentan arquerías de ladrillo, sobre pilares de sillería de piedra caliza, hoy cegados. La cornisa, en hiladas sucesivamente voladas, recoge un juego a diente de perro, de clara influencia mudéjar.
Las tres portadas de piedra, situadas dos de ellas en el centro de los hastiales, y una tercera en la fachada suroeste, también en posición centrada, presentan una composición análoga, con columnas o pilastras, recuadrando un arco, en cuyos lados lucen las armas de la villa; en la parte superior, un frontón con el escudo real.
Los datos históricos figuran en la larga inscripción de la fachada suroeste, que lo hicieron los señores de Medina, reinando Felipe II, y siendo Corregidor don Pedro de Vivero, año 1562.
Delimitación del entorno de protección: El entorno queda delimitado por la orilla del río Zapardiel, hasta su intersección con el puente de San Miguel, siguiendo por el eje de la calle Padilla hasta su intersección con la medianera entre las parcelas 36-37 de la manzana 99-51-8, recogiendo las parcelas 37-38 y 01 de dicha manzana, hasta la calle Maldonado, cruzando por esta calle y sigue recogiendo las parcelas 01-02 de la manzana 99-50-9, cruza la avenida de Lope de Vega, recoge las parcelas 10-11-12 de la manzana 00-51-0, hasta su encuentro con el río.
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