Visto el expediente de indulto de don Juan Sixto Blasco García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal de Teruel, en sentencia de fecha 16 de julio de 1993, como autor de un delito de impago de prestación económica, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en los años 1991 y 1992; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 1994,
Vengo en indultar a don Juan Sixto Blasco García la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 25 de noviembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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