En el recurso contencioso-administrativo número 1.457/1991, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, interpuesto por doña Florentina Díaz Soto contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación de la recurrente, ha recaído sentencia el 1 de julio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo promovido por doña Florentina Díaz Soto contra los actos que se relacionan en el primer fundamento jurídico de esta sentencia, anulamos los mismos por no estar ajustados a derecho, desestimando las pretensiones de la recurrente en cuanto a la evaluación positiva y posterior daños indemnizatorios; sin declaración de costas.»
Dispuesto por Orden de 9 de febrero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidenta ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 21 de marzo de 1995.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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