En el recurso contencioso-administrativo número 1910/92 seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, interpuesto por don Andrés Martínez Almagro, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 9 de diciembre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Primero.-Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Andrés Martínez Almagro, contra Resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación de fecha 24 de febrero de 1992 que desestima recurso de alzada formulado por el actor contra Resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (creada en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del Profesorado Universitario), de fecha 22 de noviembre de 1990, sobre evaluación de su actividad investigadora en el período 1978 a 1989.
Segundo.-Declarar contrario a Derecho y, en su consecuencia, anular y dejar sin efecto los actos impugnados.
Tercero.-Reconocer como situación jurídica individualizada, el derecho del recurrente a obtener de la Administración una resolución motivada con relación a la evaluación de los tramos de su actividad investigadora evaluados negativamente en dichas Resoluciones.
Cuarto.-No efectuar expresa imposición de costas. A su tiempo, con certificación literal de la presente, devuélvase el expediente administrativo al centro de su procedencia.»
Dispuesto por Orden de 9 de febrero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos.
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 21 de marzo de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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