En los recursos contencioso-administrativos números 1.312, 1.456 y 1.972/1991 (acumulados), seguidos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuestos por don Luis García Vega y otros, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación de los recurrentes, ha recaído sentencia el 29 de junio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimando parcialmente los recursos contencioso-administrativos interpuestos por don Luis García Vega y otros, relacionados en el encabezamiento de esta sentencia, contra las Resoluciones de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, que evaluaron negativamente determinados tramos de la actividad desarrollada por los interesados, y contra las Resoluciones de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación que desestimaron los recursos de alzada, debemos anular y anulamos las citadas Resoluciones por ser contrarias al ordenamiento Jurídico, reponiendo las actuaciones administrativas al trámite en que se produjo la infracción a fin de que la indicada Comisión Nacional proceda a evaluar nuevamente la actividad investigadora de los demandantes, razonando y motivando adecuadamente la decisión que adopte con arreglo a los criterios y principios establecidos en la Orden de 5 de febrero de 1990 no apreciándose desviación de poder y sin hacer imposición de costas.»
Dispuesto por Orden de 24 de enero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 21 de marzo de 1995.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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