En el recurso contencioso-administrativo número 1.122/1992, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, con sede en Valladolid, interpuesto por don Jerónimo López Pérez, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 18 de noviembre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.122/1992, interpuesto por don Jerónimo López Pérez y, con consecuencia, declarando contrario a Derecho el acto administrativo recurrido en el extremo concerniente a valoración negativa, lo anulamos también en ese extremo en unión de las actuaciones hasta el momento previo a la emisión de valoración por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, a fin de que se proceda a realizar un informe razonado sobre la labor investigadora del recurrente durante los tramos negativamente valorados del período cuya evaluación solicitó. No se efectúa imposición de costas.»
Dispuesto por Orden de 9 de febrero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos.
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 21 de marzo de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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