En el recurso contencioso-administrativo número 2.244/1991, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, interpuesto por don José Juan Monfort Lleonart, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 14 de octubre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Primero.-Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Juan Monfort Lleonart, contra la Resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora de 22 de noviembre de 1990, por la que se valoraba negativamente el tramo primero, y contra la Resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación de 30 de septiembre de 1992, por la que se desestima el recurso de alzada deducido contra la anterior Resolución.
Segundo.-Se anulan, por ser contrarios a derecho, los actos administrativos a que se refiere el presente recurso.
Tercero.-Se reconoce, como situación jurídica individualizada de la parte recurrente, su derecho a obtener de la Administración una resolución motivada con relación a la evaluación del tramo primero de su actividad investigadora y a que se pronuncie acerca de si ha procedido a evaluar o no el segundo tramo y, en su caso, y razonadamente, su valoración o el motivo de su no evaluación, condenando a la Administración a estar y pasar por tal pronunciamiento.
Cuarto.-No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.»
Dispuesto por Orden de 24 de enero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 21 de marzo de 1995.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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