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Documento BOE-A-1995-8633

Orden de 21 de marzo de 1995, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se reconoce, se clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones Privadas Docentes la denominada «Centro de Estudios Marinos», de Huelva.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 1995, páginas 10540 a 10540 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1995-8633

TEXTO ORIGINAL

Visto: El expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de la denominada «Centro de Estudios Marinos», instituida y domiciliada en Lepe (Huelva), calle Miguel Rodríguez, sin número.

Antecedentes de hecho

Primero.-La fundación fue constituida en escritura pública de fecha 28 de junio de 1993, con número de protocolo 514 de la Notaria doña Blanca González Miranda y Sáenz de Tejada, modificada por otra de fecha 16 de noviembre de 1994, con número de protocolo 2.222 de la Notaria doña Rosa María Cortina Mallol, ambas del ilustre Colegio de Sevilla, figurando como fundador don Juan Antonio Hormigo Bellido, en calidad de Presidente de la Mancomunidad Intermunicipal de Islantilla, y otros.

Segundo.-Tendrá por objeto fundacional principalmente favorecer el estudio, conservación y utilización del medio marino y promover el desarrollo de nuevas tecnologías aplicadas al mismo.

Tercero.-El patrimonio inicial de la fundación, según consta en la escritura de constitución, se eleva a 4.397.417 pesetas, acreditándose dicho extremo mediante la certificación oportuna.

Cuarto.-Los beneficiarios serán aquellas personas físicas o instituciones interesadas en los fines y objetivos de la fundación.

Quinto.-El gobierno, representación y administración de la fundación se confía a un patronato, que está compuesto por las siguientes personas físicas:

Presidente: Don José Oria Galloso.

Secretaria: Doña Josefa María Acosta Bueno.

Director Gerente: Don Juan A. Pérez Grajera.

Vocales: Don Pablo Tomás Martín Rivero, doña María Luisa Faneca, don Juan Ponce Alvarez, don Francisco Rodríguez Sermeño, don José Loira Rúa, don Isidoro Gutiérrez González y don Juan A. Millán Jaldón.

Aceptan todos sus respectivos cargos.

Vistos: La Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones; el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones; el Real Decreto 1762/1979, de 29 de junio, por el que se delimitan las competencias de los Ministerios de Educación y de Universidades e Investigación y de Cultura en materia de Fundaciones Culturales Privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las fundaciones docentes que desarrollan principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones, el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y que el contenido de su carta fundacional y sus Estatutos se ajustan a derecho, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, la clasificación de sus fines como de financiación, y promoción de actividades docentes y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia, resuelve:

Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, clasificar sus actividades como de promoción y financiación e inscribir como fundación docente privada en el correspondiente Registro a la fundación denominada «Centro de Estudios Marinos», con domicilio en Lepe (Huelva), calle Miguel Rodríguez, sin número.

Segundo.-Aprobar sus Estatutos, el presupuesto de ingresos y gastos y la memoria de actividades para el primer ejercicio económico.

Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del patronato de la fundación, cuyos nombres se recogen en la carta fundacional y que se relacionan en el quinto antecedente de hecho de esta Resolución.

Sevilla, 21 de marzo de 1995.-La Consejera, Inmaculada Romacho Romero.

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