Visto el expediente de indulto de don José Antonio Mendoza Alonso, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño, en sentencia de fecha 3 de diciembre de 1990, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de cinco años de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 1 de marzo de 1989; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 1994,
Vengo en indultar a don José Antonio Mendoza Alonso la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de noviembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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