La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de enero de 1995 autoriza al Director general del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1995 y enero de 1996, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas de las que su emisión ha de ajustarse, que son una prórroga de las vigentes en 1994. Las segundas vueltas subsiguientes a las subastas se mantienen como mecanismo de financiación del Tesoro Público, basado en una especial relación de colaboración con algunas Entidades Gestoras, en los términos previstos en la Orden de 24 de julio de 1991, y continúa abierta la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.
Posteriormente, la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 1995 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de las subastas ordinarias para 1995 y el mes de enero de 1996, determinando que la periodicidad de los Bonos, a tres y cinco años, y de las Obligaciones, a diez y quince años, sería mensual. En su cumplimiento, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en oferta en el próximo mes de mayo de 1995, y convocar las correspondientes subastas.
En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 17 de enero de 1995,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión de Bonos del Estado a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez y quince años; en el mes de mayo de 1995 y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 17 de enero de 1995, en la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 1995 y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones que se emiten: El tipo de interés nominal anual y las fechas de emisión, amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron las Resoluciones de esta Dirección General de 18 de noviembre de 1993 y 26 de enero y 17 de octubre de 1994, para las emisiones de 15 de febrero de 1994 de Bonos del Estado a tres años al 7,30 por 100, de 15 de febrero de 1994 de Bonos del Estado a cinco años al 7,40 por 100, de 15 de noviembre de 1994 de Obligaciones del Estado a diez años al 10,0 por 100 y de 15 de diciembre de 1993 de Obligaciones del Estado a quince años al 8,20 por 100, respectivamente, siendo el primer cupón a pagar, por su importe completo, el de 30 de julio de 1995, en los bonos a tres y cinco años y el de 28 de febrero de 1996, en las obligaciones a diez y quince años.
3. Los Bonos y Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación el día 16 de mayo próximo, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada por los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones y se agregarán, respectivamente, a las emisiones de 15 de febrero de 1994 al 7,30 por 100, 15 de febrero de 1994 al 7,40 por 100, 15 de noviembre de 1994 al 10,0 por 100 y 15 de diciembre de 1993 al 8,20 por 100, teniendo, en cada caso, la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
4. Como consecuencia de la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 20 de enero de 1995, de esta Dirección General, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite.
5. La Dirección General del Tesoro y Política Financiera, no pagará comisión alguna de colocación por las suscripciones de Bonos y Obligaciones del Estado, que se presenten, sea por cuenta propia o de terceros y aun cuando los presentadores sean las Entidades y personas enumeradas en el apartado 5.9.2 de la Orden de 17 de enero de 1995. Las únicas peticiones de terceros que podrán presentar las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva o de fondos de pensiones y las sociedades gestoras de carteras serán las que realicen para las instituciones de inversión colectiva los fondos de pensiones o las carteras que administren.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado, cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 17 de enero de 1995.
Madrid, 10 de abril de 1995.-El Director general, Manuel Conthe Gutiérrez.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años, emisión de 15 de febrero de 1994 al 7,30 por 100
Subasta mes de mayo
(Porcentaje)
Precio / Rendimiento Bruto*
98,00 / 11,466
98,05 / 11,437
98,10 / 11,409
98,15 / 11,380
98,20 / 11,352
98,25 / 11,323
98,30 / 11,295
98,35 / 11,266
98,40 / 11,238
98,45 / 11,210
98,50 / 11,182
98,55 / 11,153
98,60 / 11,125
98,65 / 11,097
98,70 / 11,069
98,75 / 11,040
98,80 / 11,012
98,85 / 10,984
98,90 / 10,956
98,95 / 10,928
99,00 / 10,900
99,05 / 10,872
99,10 / 10,844
99,15 / 10,816
99,20 / 10,788
99,25 / 10,760
99,30 / 10,732
99,35 / 10,704
99,40 / 10,676
99,45 / 10,648
99,50 / 10,620
99,55 / 10,592
99,60 / 10,565
99,65 / 10,537
99,70 / 10,509
99,75 / 10,481
99,80 / 10,454
99,85 / 10,426
99,90 / 10,398
99,95 / 10,371
100,00 / 10,343
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los bonos del Estado a cinco años, emisión 15 de febrero de 1994 al 7,40 por 100
Subasta del mes de mayo
(Porcentaje)
Precio / Rendimiento bruto *
91,50 / 11,922
91,55 / 11,905
91,60 / 11,887
91,65 / 11,870
91,70 / 11,852
91,75 / 11,835
91,80 / 11,817
91,85 / 11,800
91,90 / 11,783
91,95 / 11,765
92,00 / 11,748
92,05 / 11,730
92,10 / 11,713
92,15 / 11,696
92,20 / 11,678
92,25 / 11,661
92,30 / 11,644
92,35 / 11,627
92,40 / 11,609
92,45 / 11,592
92,50 / 11,575
92,55 / 11,558
92,60 / 11,540
92,65 / 11,523
92,70 / 11,506
92,75 / 11,489
92,80 / 11,472
92,85 / 11,454
92,90 / 11,437
92,95 / 11,420
93,00 / 11,403
93,05 / 11,386
93,10 / 11,369
93,15 / 11,352
93,20 / 11,335
93,25 / 11,318
93,30 / 11,301
93,35 / 11,284
93,40 / 11,267
93,45 / 11,250
93,50 / 11,233
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las obligaciones del Estado a diez años, emisión 15 de noviembre de 1994 al 10,0 por 100
Subasta del mes de mayo
(Porcentaje)
Precio / Rendimiento bruto *
89,5 / 12,265
89,6 / 12,245
89,7 / 12,225
89,8 / 12,205
89,9 / 12,185
90,0 / 12,166
90,1 / 12,146
90,2 / 12,126
90,3 / 12,107
90,4 / 12,087
90,5 / 12,067
90,6 / 12,048
90,7 / 12,028
90,8 / 12,009
90,9 / 11,989
91,0 / 11,970
91,1 / 11,951
91,2 / 11,931
91,3 / 11,912
91,4 / 11,893
91,5 / 11,873
91,6 / 11,854
91,7 / 11,835
91,8 / 11,816
91,9 / 11,797
92,0 / 11,778
92,1 / 11,758
92,2 / 11,739
92,3 / 11,720
92,4 / 11,701
92,5 / 11,682
92,6 / 11,664
92,7 / 11,645
92,8 / 11,626
92,9 / 11,607
93,0 / 11,588
93,1 / 11,569
93,2 / 11,551
93,3 / 11,532
93,4 / 11,513
93,5 / 11,494
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las obligaciones del Estado a quince años, emisión 15 de diciembre de 1993 al 8,20 por 100
Subasta del mes de mayo
(Porcentaje)
Precio / Rendimiento bruto *
76,0 / 12,118
76,1 / 12,099
76,2 / 12,080
76,3 / 12,061
76,4 / 12,042
76,5 / 12,023
76,6 / 12,004
76,7 / 11,986
76,8 / 11,967
76,9 / 11,948
77,0 / 11,929
77,1 / 11,911
77,2 / 11,892
77,3 / 11,874
77,4 / 11,855
77,5 / 11,837
77,6 / 11,818
77,7 / 11,800
77,8 / 11,782
77,9 / 11,763
78,0 / 11,745
78,1 / 11,727
78,2 / 11,708
78,3 / 11,690
78,4 / 11,672
78,5 / 11,654
78,6 / 11,636
78,7 / 11,618
78,8 / 11,600
78,9 / 11,582
79,0 / 11,564
79,1 / 11,546
79,2 / 11,528
79,3 / 11,510
79,4 / 11,492
79,5 / 11,475
79,6 / 11,457
79,7 / 11,439
79,8 / 11,421
79,9 / 11,404
80,0 / 11,386
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
8837
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