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Documento BOE-A-1995-8849

Orden de 21 de marzo de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 9/1992, promovido por don Félix Suarez-Bárcena Villar.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 11 de abril de 1995, páginas 10814 a 10815 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-8849

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 19 de diciembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 9/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Félix Suárez-Bárcena Villar, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 5 de noviembre de 1991, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 13 de septiembre de 1991, sobre integración en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Que estimando el presente recurso número 9/1992, interpuesto por la representación procesal de don Félix Suárez-Bárcena Villar, contra las resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas de 13 de septiembre y de 5 de noviembre de 1991, descritas en el primer fundamento de derecho, las anulamos por ser contrarias al ordenamiento jurídico en el aspecto objeto de este recurso, y declaramos el derecho del recurrente a la pretendida integración en el Cuerpo General Administrativo desde la fecha en la que se produjera vacante a partir de aquella fecha en que cumplió los requisitos de integración, que fue el 1 de marzo de 1976, con abono de las diferencias retributivas correspondientes y demás derechos inherentes a dicha condición.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid 21 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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