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Documento BOE-A-1995-885

Orden de 21 de diciembre de 1994 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 7/1992, promovido por la Asociación Profesional de Funcionarios de Cuerpos Superiores de Comunicaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 1995, páginas 1204 a 1204 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-885

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 23 de septiembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 7/1992, en el que son partes, de una, como demandante, Asociacion Profesional de Funcionarios de Cuerpos Superiores de Comunicaciones, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 18 de diciembre de 1991 que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 12 de septiembre de 1991, sobre información solicitada de colectivos de funcionarios de determinados Cuerpos postales y de telecomunicaciones.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por la Abogacía del Estado, y desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Santiago Fentanes Baena, en nombre y representación de la Asociación Profesional de Funcionarios de Cuerpos Superiores de Comunicaciones, contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 18 de diciembre de 1991, desestimatoria del recurso de reposición promovido frente a la Resolución de la misma Secretaría de 12 de septiembre de 1991, debemos declarar y declaramos que las resoluciones impugnadas son conformes a Derecho; sin hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitu- ción, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 21 de diciembre de 1994.-El Ministro para las Administraciones Públicas, P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Organización, Puestos de Trabajo e Informática.

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