Visto el expediente de indulto de don Pedro Cruces Machuca, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de fecha 5 de marzo de 1993, como autor de un delito continuado de violación, a la pena de doce años y un día de reclusión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos desde el año 1990 hasta el día 26 de julio de 1991; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de marzo de 1995,
Vengo en conmutar a don Pedro Cruces Machuca la pena privativa de libertad impuesta, por otra de seis años de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 3 de marzo de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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