Visto el expediente de indulto de don Gumersindo Redondo Alejos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, en sentencia de fecha 8 de noviembre de 1993, como autor de un delito de desobediencia, a la pena de seis años y un día de inhabilitación especial para el desempeño de cargo público, y multa de 100.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 1995,
Vengo en indultar a don Gumersindo Redondo Alejos la pena de inhabilitación especial pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 7 de abril de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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