Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso número 89/1993, interpuesto por don José María Díaz Ruiz, contra la Resolución de 13 de noviembre de 1992, de la Secretaría General de Asuntos Penitenciarios que desestimó su petición de ser redistribuido desde su puesto de nivel 16 a otro de nivel 23, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia de 15 de octubre de 1994, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José María Díaz Ruiz, en petición de que le sea asignado o que se le reconozca el derecho a obtener el nivel 23 en su puesto de trabajo, que le fue desestimado por Resolución de la Secretaría General de Asuntos Penitenciarios, de fecha 13 de noviembre de 1992, con desestimación tácita del recurso de reposición interpuesto contra la misma, debemos declarar y declaramos que siendo las Resoluciones citadas ajustadas a Derecho, no hay lugar a la asignación o reconocimiento del nivel 23 solicitado, en este procedimiento, sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 10 de marzo de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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