Visto el expediente de indulto de don Francisco Jesús Guerra Orihuela, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, en sentencia de fecha 28 de mayo de 1991, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de un año de prisión menor y multa de 500.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 25 de octubre de 1988, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de marzo de 1995,
Vengo en indultar a don Francisco Jesús Guerra Orihuela la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 7 de abril de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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