La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado sentencia con fecha 2 de noviembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 02/1.588/1993, interpuesto por don Genaro Fragueiro Esteve, contra la Resolución del Subdirector general de Gestión de Personal de la Agencia Tributaria de 29 de abril de 1993, sobre reconocimiento de servicios previos.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Fallamos: Desestimamos el recurso interpuesto por don Genaro Fragueiro Esteve contra la Resolución del Subdirector general de Gestión de Personal de la Agencia Tributaria de 29 de abril de 1993, desestimatoria del reconocimiento a efectos de trienios de los servicios prestados como alumno de Náutica, como contratado laboral en CAMPSA, desde el 3 de marzo de 1967 al 1 de junio de 1968; sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 13 de diciembre de 1994.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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