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Documento BOE-A-1995-9416

Orden de 14 de marzo de 1995 por la que se reconoce, clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la denominada «Fundación Urológica del Hospital Doce de Octubre» (FUDOCE), de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 18 de abril de 1995, páginas 11388 a 11388 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-9416

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas de la denominada «Fundación Urológica del Hospital Doce de Octubre» (FUDOCE), instituida en Madrid y domiciliada en el Servicio de Urología del Hospital «Doce de Octubre», carretera de Andalucía, kilómetro 5,400, de Madrid.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida por don Oscar Leiva Galvis y otros en escritura pública otorgada en Madrid el día 21 de octubre de 1994.

Segundo.-Tendrá como objeto fomentar y desarrollar la investigación en el área de la urología, colaborar en la formación de los profesionales y estudiosos de la urología, difundir las investigaciones, teorías, estudios, realizar cursos, seminarios, congresos, conceder becas y ayudas.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la escritura de constitución, asciende a 1.000.000 de pesetas, depositado en entidad bancaria.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía a un Patronato que se hallará compuesto por un máximo de nueve miembros y un mínimo de tres; desempeñando los Patronos sus cargos con carácter gratuito.

Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por don Oscar Leiva Galvis, como Presidente; don Alfredo Rodríguez Antolín, como Secretario; don Rafael Diaz González, don Vicente González Romojaro y don Gregorio Polo Villar, como Vocales; habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.

Vistos la Constitución vigente; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 25), de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970; el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El artículo 34 de la Constitución recoge el derecho de fundación para fines de interés general.

Segundo.-De conformidad con lo establecido en el artículo 103.4 del precitado Reglamento de Fundaciones, es competencia del titular del Departamento de Educación y Ciencia reconocer, clasificar y disponer la inscripción de las instituciones de carácter docente y de investigación cuya tutela tiene atribuida por el artículo 137 de la Ley General de Educación, facultad que tiene delegada en el Secretario de Estado de Universidades e Investigación por Orden de 2 de marzo de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 4).

Tercero.-El presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos señalados en el artículo 1.º del Reglamento, con las especificaciones de sus artículos 6.º y 7.º

Cuarto.-Según lo expuesto y atendiendo a que el expediente ha sido tramitado a través de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia de Madrid, con su informe favorable, pueden estimarse cumplidas las exigencias reglamentarias, al objeto de proceder a su reconocimiento y clasificación como de financiación y promoción y su inscripción en el Registro.

Este Ministerio, vista la propueta formulada por el Servicio de Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:

1.º Reconocer, clasificar e inscribir como Fundación docente de financiación y promoción a la denominada «Fundación Urológica del Hospital Doce de Octubre» (FUDOCE), con domicilio en Madrid, carretera de Andalucía, kilómetro 5,400.

2.º Aprobar los Estatutos contenidos en la escritura pública de fecha 21 de octubre de 1994.

3.º Aprobar el nombramiento del primer Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

4.º Aprobar el programa de actividades y estudio económico para los ejercicios 1995/1997 y su inscripción en el Registro.

Madrid, 14 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988), el Secretario de Estado de Universidades e Investigación, Emilio Octavio de Toledo y Ubieto.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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