La Orden de 1 de junio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 14) regula los concursos del Ministerio de Cultura para la concesión de premios al mérito en determinadas actividades culturales. Entre ellos se encuentra el Premio de Teatro para Autores Noveles «Calderón de la Barca».
En el punto noveno de la citada Orden se faculta al Director general del Instituto de las Artes Escénicas y de la Música para convocar anualmente el correspondiente concurso y para desarrollar la misma.
En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:
Primero.-Se convoca concurso para la concesión del Premio de Teatro «Calderón de la Barca» para Autores Noveles, correspondiente a 1995.
Segundo.-Podrán aspirar al Premio los autores españoles noveles con obras teatrales de tema original y cuya duración sea la normal de una representación. No se admitirán obras teatrales premiadas en otros concursos ni tampoco las estrenadas públicamente.
Tercero.-La dotación económica del Premio es de 1.500.000 pesetas, cuantía que no podrá dividirse.
El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música editará la obra premiada, previa conformidad de su autor. Asimismo, se concederá, en su caso, una subvención para la producción de dicha obra, que no podrá superar el 50 por 100 del presupuesto total de la producción.
Cuarto.-El concurso podrá declararse desierto.
Quinto.-1. Las solicitudes para participar en el concurso, con el contenido establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán dirigirse al Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, y se presentarán, bien directamente en el Registro General del Ministerio de Cultura (plaza del Rey, sin número, 28004 Madrid), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la citada Ley.
2. A la solicitud deberán acompañarse dos ejemplares de la obra presentada a concurso, «currículum vitae» del autor, así como declaración de que la misma cumple los requisitos establecidos en el punto segundo de esta Resolución.
Sexto.-El plazo para la presentación de las obras será de dos meses, empezando a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Séptimo.-1. El fallo del concurso corresponderá a un jurado, cuya composición será la siguiente:
Presidente: El Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música o persona en quien delegue.
Vicepresidenta: La Subdirectora general del Departamento Drámatico del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Vocales:
Cuatro personalidades de reconocido prestigio del mundo teatral.
El autor galardonado con el premio en 1994.
Secretario: Un funcionario destinado en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, designado por su Director general, que actuará con voz, pero sin voto.
2. Los Vocales del Jurado serán designados por Orden de la Ministra de Cultura, a propuesta del Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
La Orden de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.
4. En lo no previsto expresamente, el jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en el capítulo II, título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5. Los miembros del jurado tendrán derecho a percibir las gratificaciones correspondientes por sus trabajos de asesoramiento, con las limitaciones establecidas por la legislación vigente sobre incompatibilidades, y, en su caso, los gastos de alojamiento y locomoción en que pudieran incurrir por el desarrollo de dichos trabajos.
Octavo.-El fallo del jurado se elevará a la Ministra, a través del Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, antes del 31 de diciembre de 1995. La Orden de resolución del concurso y concesión del Premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
Noveno.-El importe del Premio y los gastos derivados, tanto del mismo como del proceso de selección, se abonarán con cargo a las dotaciones presupuestarias asignadas al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Décimo.-La presente Resolución entrará en vigor al dìa siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 27 de marzo de 1995.-El Director general, Juan Francisco Marco Conchillo.
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