Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 2 de diciembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el recurso contencioso-administrativo número 1/1.141/1993, promovido por don Juan Hernández Ródenas contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre denegación de su integración en el Cuerpo de Gestión de Función Administrativa del Estatuto de Personal no Sanitario de Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Con rechazo de la causa de inadmisibilidad alegada, desestimar el presente recurso contencioso-administrativo número 1.141/1993, interpuesto por don Juan Hernández Ródenas contra la denegación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición deducido frente a la resolución de 6 de febrero de 1992, del Director general de Recursos Humanos y Organización, que desestimó la solicitud de integración en el Cuerpo de Gestión de Función Administrativa del Estatuto de Personal no Sanitario al Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de 24 de enero de 1992, por ser dicha actuación administrativa conforme a derecho. Sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 22 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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