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Documento BOE-A-1995-9492

Resolución de 7 de marzo de 1995, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía, por la que se concede la aprobación de modelo del sistema de medida por gravedad, destinado a medir productos petrolíferos ligeros marca «Liquid Controls, M-30», fabricado por SAMPI, en Lucca (Italia), y presentado por «Medición y Transporte, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 18 de abril de 1995, páginas 11430 a 11430 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1995-9492

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad «Medición y Transporte, Sociedad Anónima», con domicilio en la avenida de Manoteras, número 6, 28050 Madrid, en solicitud de aprobación de modelo de un sistema de medida por gravedad, destinado a medir productos petrolíferos ligeros, marca «Liquid Controls M-30»;

A la vista de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; así como la Orden de 26 de diciembre de 1988,

Esta Dirección General, en base a las competencias asignadas a la Comunidad Autónoma de Madrid por la Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía, ha resuelto:

Primero.-Conceder aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», a favor de la entidad «Medición y Transporte, Sociedad Anónima».

Segundo.-El signo de aprobación de modelo será:

0511

94022 / 16

Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán las siguientes inscripciones en su placa de características:

Nombre o razón del fabricante: SAMPI.

Número de serie.

Año de fabricación.

Identificación del modelo: Liquid Controls M-30.

Caudal máximo: 1.400 l/min.

Caudal mínimo: 120 l/min.

Presión máxima: 6 kg/cm.

Volumen cíclico: V-5,101 l.

Producto.

Distribuidor en España: «Medición y Transporte, Sociedad Anónima», avenida de Manoteras, 6 Madrid.

Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Quinto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2.º del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo podrá ser prorrogada por períodos sucesivos, previa petición del titular de la misma.

Contra esta Resolución, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, a partir de su recepción, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 7 de marzo de 1995.-El Director general, Luis de Alfonso Molina.

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