De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la expresada sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso de apelación número 11.339/1991, promovido por el Abogado del Estado, contra otra anterior de 13 de septiembre de 1991, recaída en el recurso número 703/1991, interpuesto por don Juan Antonio Esteve Calabuig, sobre reducción del servicio en filas.
Madrid, 28 de marzo de 1995.-El Secretario de Estado de Administración Militar, Julián Arévalo Arias.
Excmo. Sr. Director general del Servicio Militar.
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