La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 7 de noviembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 1.314/1993 en el que son partes, de una, como demandante, don José María Esteras Moreno, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de 16 de junio de 1993 del Ministerio para las Administraciones Públicas, que declaró inadmisible el recurso de reposición interpuesto contra la Orden de 28 de noviembre de 1991, sobre integración del personal funcionario en los Cuerpos de Tecnologías de la Información.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Primero.-Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José María Esteras Moreno, en su propio nombre, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 16 de junio de 1993, que declaró inadmisible el recurso de reposición interpuesto contra la Orden de 28 de noviembre de 1991, debemos declarar y declaramos que el apartado 2.c).3 de ésta es conforme a Derecho, sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 31 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Organización, Puestos de Trabajo e Informática.
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