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Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 8 de septiembre de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 744/1992, promovido por doña María Manuela Fernández López, contra la resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre reconocimiento y abono sin reducción alguna y al 100 por 100 del valor de los trienios acreditados por su difunto esposo como Veterinario titular, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por doña María Manuela Fernández López, contra las resoluciones expresadas al principio por las que se denegó su petición de acreditación de trienios reconocidos a su esposo al 100 por 100 de su valor, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho dichas resoluciones; sin hacer imposición de costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 22 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992 «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilmo. Sr. Director general de Servicios e Informática.
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