Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, el recurso número 02/0002590/1993, interpuesto por don Angel Martín Martín, contra la desestimación tácita, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto con fecha 24 de febrero de 1993, contra la Resolución de la Secretaría General de Asuntos Penitenciarios, por la que se modifica el complemento específico del puesto de trabajo de Educador que desempeña el recurrente, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, ha dictado sentencia de 23 de enero de 1995, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Angel Martín Martín, contra la desestimación tácita, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto con fecha 24 de febrero de 1993, contra la resolución del Secretario General de Asuntos Penitenciarios, por la que se modifica el complemento específico del puesto de trabajo de Educador que desempeña el actor.
Segundo.-Declarar que dichos actos son conformes con el ordenamiento jurídico.
Tercero.-No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 22 de marzo de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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