En el recurso contencioso-administrativo número 183/1994, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, a instancia de don Fernando Paíno García, contra Resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria desestimatoria sobre reconocimiento y abono de todos los trienios devengados en la función pública con arreglo a la cantidad vigente para el Cuerpo de su actual pertenencia, ha recaído sentencia de fecha 7 de febrero de 1995, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Fernando Paíno García, contra Resolución de la Dirección General de la Administración Penitenciaria de fecha 28 de diciembre de 1993; sin costas.»
En virtud de lo que antecede, esta Secretaría de Estado ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 27 de marzo de 1995.-P. D., el Director general de Administración Penitenciaria, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Sr. Subdirector general de Personal.
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