Vista la documentación presentada por «Orbis Relojería Industrial, Sociedad Anónima», así como la solicitud de autorización de uso para la discriminación horaria tipos 0, 2, 3 y 4 del interruptor horario digital modelo Cronotax Pro, fabricados por la misma sociedad.
Visto el informe de ensayo NIE: 51000ICA, emitido por el «Centro de Tecnología de las Comunicaciones, Sociedad Anónima» (COTECOM), con fecha 31 de enero de 1995 en el que se especifica que el interruptor horario digital para tarifación marca «Orbis», modelo Crotonotax Pro, fabricado por «Orbis Relojería Industrial, Sociedad Anónima», ha sido sometido a los ensayos especificados en la norma CEI 1038 con resultado favorable.
Considerando que la autorización de uso del interruptor horario es competencia de la Dirección General de la Energía, previa la aportación de los ensayos de seguridad eléctrica y garantía de medida, de acuerdo con lo dispuesto en la vigente Orden por la que se establecen las tarifas eléctricas, Esta Dirección General ha resuelto:
Autorizar el uso para discriminación horaria tipos 0, 2, 3 y 4 del interruptor horario digital, marca «Orbis» modelo Cronotax Pro, fabricado por «Orbis Relojería Industrial, Sociedad Anónima».
Contra la presente Resolución cabe interponer recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Industria, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 22 de marzo de 1995.-La Directora general, María Luisa Huidobro y Arreba.
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